Castilla nos une

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Gigantes: El primer latido constitucional

Ávila (Castilla), 1 de mayo de 2025. En el sexto número de #EligeCastilla, el boletín cultural, social y político del Partido Castellano-Tierra Comunera (PCAS-TC), recordamos el primer latido constitucional castellano.

Hace más de cinco siglos, en 1520, en la sacristía de la catedral de Ávila, la Junta de Procuradores de las Comunidades forjó un documento político revolucionario: la Ley Perpetua del Reino de Castilla. Aunque nunca entró en vigor, su mera existencia marca un hito en la historia de la democracia occidental.

Hasta entonces, el orden político en Europa se basaba en la creencia de que el poder del monarca emanaba directamente de Dios. Sin embargo, aquella Ley proponía algo inédito y radical para su tiempo: el poder residía en el reino. El monarca no era soberano absoluto, sino un mero ejecutor de la voluntad del reino expresada a través de sus representantes. Esta inversión del orden establecido supuso una auténtica revolución en el pensamiento político.

Redactada en el contexto de nuestra Revolución Comunera (1519–1521), la Ley recogía principios esenciales que siglos más tarde serían pilares de los estados democráticos. Consagra la independencia de las cortes respecto del rey, quien queda como mero protector ejecutivo; se regulan la elección y funciones de los diputados como portavoces de los concejos; se garantiza la independencia de los jueces; se reforma la administración con criterios de mérito y control, y se establecen garantías judiciales para los derechos y libertades ciudadanas. Además, se organiza una Hacienda pública y se asegura la autonomía local con autoridades elegidas por los vecinos.

La Junta de Ávila, que redactó la Ley, actuó como una auténtica asamblea constituyente: no fue convocada por el monarca y su texto se imponía tanto al rey como a las cortes ordinarias, estableciendo que solo un nuevo proceso constituyente podría modificarlo. Este rasgo la convierte, según autores como Ramón Peralta, Joseph Pérez o Consuelo Martínez, en una protoconstitución comparable, en su espíritu, a los textos constitucionales de los siglos XVIII y XIX.

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Pero el proyecto comunero no surgió de la nada. Bebía de una larga tradición de participación municipal y democracia concejil existente en Castilla desde la Edad Media. Los repobladores libres, organizados en concejos, elegían a sus representantes y decidían sobre los asuntos comunes. Esta experiencia histórica de autogobierno local alimentó la idea de que el poder legítimo debía residir en el reino y no en el monarca.

La ambición de la Ley Perpetua fue su perdición. Carlos V, apoyado por los sectores más privilegiados de la nobleza y su corte extranjera, aplastó la Revolución en Villalar en 1521 y en la brutal represión posterior, restaurando un modelo monárquico-absolutista. La derrota significó la imposición de un orden cesarista que terminaría debilitando a la Castilla libre, próspera y dinámica que a comienzos del siglo XVI se abría al mundo.

Pero aunque la Ley nunca se aplicó, su legado sobrevivió. Las ideas que alumbró llegaron a influir, siglos después, en los debates constitucionales de la Convención de Filadelfia en 1787, inspirando a los padres fundadores de la Constitución de Estados Unidos. En suma, su carácter visionario la convierte en el primer gran ensayo de una monarquía constitucional en Europa Occidental.

Aunque derrotada en su tiempo, la llama de la democracia castellana encendida en Ávila sigue iluminando nuestra memoria política cinco siglos después.


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