FRENTE AL OLVIDO: GONZALO MARTÍNEZ DÍEZ (Mayo’2006). .. (21/06/2006)
Artículo sobre Gonzalo Martínez Díez, publicado en el Norte de Castilla el 23 de Mayo de 2006.
Artículo sobre Gonzalo Martínez Díez, publicado en el Norte de Castilla el 23 de Mayo de 2006.
Artículo 7º. Para pertenecer a TIERRA COMUNERA (TC), es condición indispensable hallarse afiliado a él. El afiliado al partido contribuirá, comprometido dentro de su organización, al logro de los objetivos establecidos democráticamente por el partido, para la consecución de la recuperación de la identidad nacional de Castilla, actuando como agente activo tanto en su funcionamiento interno como en la acción política del partido.
Artículo 8º. Se considerará afiliado de TIERRA COMUNERA (TC) a cualquier persona que acepte la Ideología y Estatutos del partido, pague con regularidad sus cuotas y esté inscrito como miembro en una de sus agrupaciones. La solicitud de afiliación viene definida por la presentación, de la ficha de afiliación (firmada y avalada por al menos dos afiliados) ante el órgano correspondiente de cualquier agrupación territorial del partido, o ante cualquiera de los órganos nacionales de gobierno de esta formación. Una vez presentada la solicitud, la misma será trasladada por parte de los órganos de gobierno de la agrupación territorial, a la Secretaría Nacional del partido, quien las presentará ante el Concejo Nacional del partido, órgano que adoptará en firme la decisión de admitir o rechazar a quienes deseen ser afiliados. El rechazo deberá ser motivado y el solicitante podrá recurrir a la Comisión de Garantías, quien resolverá de forma definitiva sin que quepa ulterior recurso. En cualquier caso, la incorporación será automática si en el plazo de tres meses no existen alegaciones a la misma.
Artículo 9º. La Secretaría Nacional del partido tiene encomendada la responsabilidad de mantener actualizado el Censo Nacional de Afiliados a TIERRA COMUNERA (TC), informando al Concejo Nacional, en cada una de sus sesiones, de las altas y bajas producidas.
Artículo 10º. La organización juvenil de TIERRA COMUNERA (TC) son las JUVENTUDES COMUNERAS DE CASTILLA (JCC), en la cual quedarán integradas todas aquellas personas menores de edad que deseen formar parte del partido, así como todos aquellos afiliados a TIERRA COMUNERA, menores de 30 años, que deseen desarrollar su militancia comunera en el ámbito juvenil. Las JUVENTUDES COMUNERAS DE CASTILLA (JCC) se constituyen en el Área de Trabajo de Juventud del partido.
Artículo 11º.- TIERRA COMUNERA (TC) entiende su propia organización como un instrumento de participación democrática de la ciudadanía castellana, en el seno de la sociedad, y articulará por tanto todos aquellos instrumentos necesarios para garantizar tanto el gobierno plenamente democrático de su organización, como la activa participación de sus afiliados.
Artículo 12º. Todo afiliado a TIERRA COMUNERA (TC) tiene derecho a:
1º. Participar e intervenir libremente en los procesos de debate y definición de las posiciones políticas del partido, y en la elaboración de su línea política. Los responsables políticos de las diferentes Agrupaciones Territoriales del partido articularán la convocatoria de reuniones periódicas, a fin de que este derecho pueda ser ejercido de forma práctica.
2º Participar, directamente o mediante la fórmula de delegación, en los Congresos Nacionales y en los Congresos Territoriales del partido, a fin de intervenir en los procesos de debate y aprobación de los Estatutos Nacionales y Reglamentos de Funcionamiento del partido, en la elaboración de su Estrategia Política, y en la definición de sus Bases Ideológicas y del Programa Político del partido.
3º Participar, directamente o mediante la fórmula de delegación, en los Congresos Nacionales y en los Congresos Territoriales del partido, a fin de intervenir en la elección de los compañeros que asuman las responsabilidades de los órganos decisorios y ejecutivos del partido (Secretario Nacional, Presidente Nacional, integrantes del Concejo Nacional, Junta Comunera Nacional, Comisión de Garantías, y sus equivalentes en el ámbito territorial del partido al que pertenezca).
4º Recibir información periódica acerca de las posiciones y resoluciones que el partido adopta ante los temas de actualidad política, así como recibir la formación necesaria que facilite su actividad y participación política.
5º Hacer uso, en el ámbito interno del partido, del derecho a la crítica sobre cualquiera de los miembros y organismos del mismo, independientemente de la responsabilidad que como miembro del partido desempeñe.
6º Plantear a los órganos del partido, tanto nacionales como territoriales, en el ámbito de su competencia, aquellas cuestiones que considere de interés para el mismo, teniendo derecho a ser contestado en un plazo no superior a tres meses.
7º Recurrir a la Comisión de Garantías del partido, pudiendo exigir que se pongan en su conocimiento las críticas, imputaciones, acusaciones, o cualquier tipo de observaciones que se haya hecho sobre su actividad y conducta, pudiendo de pleno derecho, interponer recurso ante el órgano correspondiente. Reclamar ante la Comisión de Garantías, el cumplimiento por parte de los órganos de gobierno, nacionales y territoriales, del partido, del contenido de los Estatutos Nacionales y Reglamentos de funcionamiento del mismo.
8º Recibir información de los actos públicos o internos, de carácter general o sectorial, que el partido convoque, así como a recibir las publicaciones y materiales generados por esta organización castellanista.
9º Participar activamente en las Áreas y Grupos de Trabajo que el partido, a nivel territorial o nacional, cree para definir y desarrollar sus programas y sus políticas sectoriales.
10º Disponer del correspondiente carné de afiliación y de un ejemplar de los Estatutos Nacionales y demás Reglamentos que norman el funcionamiento del partido, así como la compilación de los documentos que fijen las Bases Ideológicas, el Programa y el proyecto político de TIERRA COMUNERA (TC).
11º Elegir y ser elegido para los órganos de dirección del partido, pudiendo dimitir de los mismos. Asimismo, podrán ser propuestos para representar al partido en el desempeño de cargos públicos.
12º Recibir por parte del partido toda la ayuda necesaria para salvaguardar su integridad, cuando ésta pueda ser amenazada por razones de pertenencia al partido o por defensa de los postulados del mismo.
Artículo 13º. Corresponden a los afiliados a TIERRA COMUNERA (TC) las siguientes responsabilidades:
1º Cumplir los presentes Estatutos Nacionales, así como los Reglamentos de funcionamiento que los desarrollan, y asumir los acuerdos emanados por los distintos órganos decisorios del partido, en el ámbito de su competencia.
2º Participar activamente en la acción política del partido, contribuyendo a la consecución de los fines del mismo, y formando parte de una de sus agrupaciones territoriales, participando activamente en la misma.
3º Difundir el material de propaganda y las publicaciones que TIERRA COMUNERA (TC) genere, participar en las campañas e iniciativas que el partido desarrolle, y cooperar activamente a la difusión del castellanismo en la sociedad.
4º Colaborar económicamente, mediante el pago de la cuota de afiliación, en la cuantía y con la periodicidad que el partido establezca.
5º Realizar aportaciones en los ámbitos correspondientes del partido, con la finalidad de elaborar los programas, propuestas y documentos de TIERRA COMUNERA (TC). Participar activamente en los actos, actividades e iniciativas que desarrolle el partido.
6º elevar sugerencias, propuestas o críticas, a los diferentes órganos decisorios o ejecutivos del partido, en orden a mejorar su funcionamiento y la consecución de los fines del mismo.
7º Votar a quienes el partido presente como candidatos propios o a quienes sin serlo, reciban su apoyo. Colaborar activamente en las correspondientes campañas electorales.
8º Aceptar y desempeñar dentro del partido los cargos, nombramientos y designaciones que le sean encomendados por los órganos competentes y que asuma voluntariamente.
9º Utilizar de forma adecuada, y autorizada el material fungible o inventariable, así como cualquier tipo de bienes, propiedad del partido, así como sus locales.
Artículo 14º. El funcionamiento de TIERRA COMUNERA (TC) se regirá por normas democráticas. El partido reconoce a sus afiliados los mismos derechos democráticos que existen
La concejala de Acción Social y Mujer del Ayto. de Aranda de Duero, la comunera Teresa Hontoria, ha justificado la elaboración de unas bases más restrictivas de cara a la concesión de subvenciones para los grupos de trabajo del Consejo de la Mujer y de las asociaciones de mujeres para evitar determinados abusos detectados en la anterior convocatoria por parte de las asociaciones de mujeres progresistas de la capital ribereña.
La Agrupación Provincial en Burgos de la formación castellanista TIERRA COMUNERA (TC), ante las recientes declaraciones del Diputado General de Álava, Ramón Rabanera, del partido popular del País Vasco, y del secretario general de los socialistas vascos, Patxi López, reclamando la incorporación del territorio burgalés del Condado de Treviño al País Vasco, quiere manifestar ante la opinión pública castellana en general y burgalesa en particular, su más absoluto rechazo al cuestionamiento de la pertenencia del Condado de Treviño a la provincia burgalesa, al tiempo que denuncia el doble juego del PP y del PSOE con este tema, que mantienen posiciones contrarias en esta cuestión en las Comunidades de Castilla y León y del País Vasco.
Cuando ya hace aproximadamente un año que TIERRA COMUNERA (TC) se dirigió por primera vez al Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha reclamando la participación de este partido castellanista en la Reforma del Estatuto de Autonomía (nos hemos dirigido por carta en dos ocasiones al Sr. Barreda y otra más al Sr. Molina), a día de hoy seguimos no sólo sin respuesta a nuestras cartas sino, lo que es más grave, sin saber absolutamente nada de lo que los partidos estatales PSOE y PP están negociando en torno a dicha Reforma.
El grupo municipal de Tierra Comunera de la localidad de Frómista emitió ayer un comunicado en el que califica de «chapucero» al Ministerio de Fomento por el enlace de la Autovía A-67 con la Nacional 611 (Palencia-Santander) en la citada localidad.
El secretario general de Tierra Comunera llegaba el pasado jueves a Palencia dentro de la gira que está realizando por toda la región presentando la propuesta de Estatuto que el día 22 de mayo llevarán a las Cortes de Castilla y León.
Alrededor de 120 mujeres procedentes de Medina del Campo, Rodilana, Aranda de Duero y Sinovas han participado hoy en una jornada de trabajo celebrada en los Salones de Caja de Burgos. En el encuentro se ha analizado la futura Ley Orgánica de Igualdad entre Mujeres y Hombres bajo el título ¿Cómo afectará en nuestra vida diaria?.
La Agrupación Provincial en Burgos de TIERRA COMUNERA (TC) quiere manifestar ante la opinión pública burgalesa su más enérgico rechazo ante la reestructuración que el Ministerio de Defensa planea para Burgos, que supondrá el traslado de casi 800 efectivos militares y civiles actualmente residentes en Burgos con la consiguiente pérdida económica, social y demográfica para esta ciudad, así como la desaparición de importantes unidades militares.
La reforma del Estatuto de Castilla y León, las próximas elecciones regionales y locales, así como las reivindicaciones y los desequilibrios de la provincia fueron las cuestiones abordadas por Soria ¡Ya! y Tierra Comunera, en un encuentro solicitado por el partido para dar a conocer su propuesta de norma autonómica y la actitud ante los comicios.
El primer tercio del siglo XX coincide con tímido despertar de ciertos sentimientos regionalistas en Castilla, fundamentalmente en la meseta norte, donde, acompañados de cierto
La agrupación de Juventudes Comuneras de Valladolid montará un stand en esta actividad organizada por el Consejo Local de Juventud, la cual tendrá lugar el 20 y 21 de mayo de 2006. La carpa de la feria estará situada en el Paseo de las Moreras, próximo al puente Regueral (Plaza de Poniente).